Pablo Gavilan

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Mes: febrero 2011

Yo estoy a favor de la Ley Sinde

Micrófono abierto - descargada legalmente de istockphoto ;-)Es posible que me gane algunos enemigos escribiendo esto, pero me da la sensación de que el debate de los derechos de propiedad intelectual está estancado en ciertas ideas erróneas que han ido calando poco a poco y que no han sido tratadas como debieran demasiadas veces. Además, me parece que uno debe ser libre de expresarse incluso cuando su pensamiento parece ir contracorriente.

Sobre la Ley Sinde se ha escrito mucho, normalmente en contra de la misma y usando los mismos argumentos de una manera tan continua y persuasiva que incluso han conseguido ganarse adeptos entre importantes nombres de la cultura, como el Presidente de la Academia de Cine, Alex de la Iglesia. Desde mi punto de vista, hace tiempo que los medios de comunicación y la blogosfera vienen repitiendo y educando a la sociedad con ideas como estas:

1. Descargar contenido protegido por derecho de autor sin su consentimiento es legal…

Error. Como ejemplo, pondré esta noticia reciente de EL PAIS, en la que el periodista suelta tranquilamente «…el giro copernicano de De la Iglesia sobre las descargas -legales en España hasta el momento- ha levantado ampollas.«. Uno lo lee y se queda tan pancho. Pero es que las descargas sin consentimiento del autor no son legales. Nunca lo han sido. Lo que se han cansado de repetir los medios cada vez que había un fallo de un juez es que no son un delito, pero es que no todas las actuaciones ilegales son un delito. Los delitos vienen recogidos en el Código Penal, pero la legislación está compuesta por muchísimas otras leyes que establecen derechos y obligaciones y dicen qué cosas se pueden hacer libremente en sociedad y qué cosas entran en colisión con algún derecho y por lo tanto no se deben hacer.

Descargar contenido protegido por derecho de autor sin su consentimiento es ilegal porque así lo dice la Ley de Propiedad Intelectual. Este comportamiento no es delito porque no encaja dentro de lo establecido en el Código Penal, que exige que la conducta tenga ánimo de lucro, ya que tampoco es la intención del parlamento que una conducta como esta se castigue con cárcel. Pero sí es un ilícito civil, del mismo modo que si prestas dinero a alguien y no te lo devuelve es un ilícito civil. Esa persona no va ir a la cárcel por hacerlo (salvo que se pueda demostrar que es una estafa) pero sí puedes ir a un juez a pedirle que le obligue a devolvértelo (embargando sus bienes o como sea).

¿Por qué entonces los jueces no dan la razón a los propietarios de los derechos de autor si descargar es ilegal? Pues básicamente porque estos no inician procedimientos civiles, que son largos y costosos, para exigir al final la compensación del valor de unas cuantas películas, música o libros. Simplemente no compensa. Algunos han intentado la vía penal, que es más efectiva, pero se han encontrado con que no les vale para defender sus derechos. ¿Pueden plantearme una demanda por descargarme y compartir películas y series? Desde luego, pero ya te adelanto que con la legislación actual es un gasto de tiempo y dinero para no conseguir prácticamente nada.

2. El canon digital es para compensar lo que dejan de ganar cuando descargamos contenido…

Falso. El canon es para compensar la copia privada. Esto es, me compro un DVD y hago una copia para tenerla por si acaso. Hacer esta copia es algo que el propietario del derecho de autor no puede controlar y por eso se estableció hace mucho tiempo el canon para compensar estas copias. Tenía mucho más sentido antes de internet, cuando hacíamos copias en casettes y es verdad que requiere una revisión en profundidad porque ahora casi nadie hace copias privadas. Además, tal y como se aplica parece abusivo y es de lo más impopular.

¿Tiene algo que ver el canon con las descargas? No. Son dos cosas independientes y el canon no está establecido para compensar las descargas, puesto que no son consideradas copia privada (debes de haber comprado previamente el contenido legal y además no puedes ponerlo a disposición colectiva). Son dos batallas independientes que los medios y bloggers mezclan alegremente, aprovechando la impopularidad del canon para atacar la Ley Sinde o actuaciones similares. Pero son cosas diferentes. Yo estoy a favor de la Ley Sinde y frontalmente en contra del canon digital en nuestros días. El Gobierno, de acuerdo con la oposición, se ha comprometido a modificar la regulación del canon, veremos si de verdad nos libramos de él.

3. Los autores son la SGAE…

Este no es un argumento en sí que se utilice, pero que está detrás sobre todo del posicionamiento de la población en contra de los defensores de los derechos autor. La mala prensa de la SGAE con sus actuaciones delirantes y casi rayando el absurdo como por ejemplo exigir a Fuenteovejuna que pague por representar la obra de teatro que lleva su nombre han situado a la opinión pública en una predisposición negativa hacia la defensa de los derechos de autor por vías legítimas. Los autores en su mayoría no están representados por la SGAE ni le tienen mucho aprecio por el flaco favor que les hace con el pan para hoy y hambre para mañana.

4. La Ley Sinde pisotea derechos fundamentales…

Esto es bastante discutible. Los derechos fundamentales son los prioritarios dentro de un Estado Democrático de Derecho como el nuestro y por eso están recogidos en la Constitución y normalmente se establecen límites a la actuación de la Administración cuando puede vulnerarlos, casi siempre exigiendo la garantía de la participación de un juez. En el caso de la Ley Sinde, finalmente se ha incorporado la participación de un juez en diferentes momentos del procedimiento estableciendo un sistema con ciertas garantías.

Se puede discutir estas si garantías son suficientes o no, desde luego, pero los discursos alarmistas de que esto es una vía para la censura y que nos vamos a convertir en un estado sin libertades me parecen excesivos. Cerrar una web no es lo mismo que cerrar un periódico (cuanto tiempo tardas en abrir otro periódico y cuánto tardas en abrir otra web) y las decisiones tomadas siguiendo esta ley siempre van a estar dentro del sistema democrático en el que los jueces pueden controlar también a posteriori si se han vulnerado derechos fundamentales. Si por lo que sea cierran una web que no está incumpliendo la ley (ya me extrañaría, pero puede suceder) este error o abuso de la Administración puede ser revisado en múltiples instancias judiciales, alejando el peligro indeseado de la censura.

5. La industria es la que se empecina en no cambiar de modelo…

En fin, el que diga esto es porque no tiene un conocido que le guste escribir, tenga un grupo o se las vea y se las desea para hacer cortos. O porque no se da cuenta de que la industria está cambiando mucho y desde dentro. Es verdad que todavía siguen protegiendo en la medida que pueden el modelo tradicional, pero también es verdad que a día de hoy es el único que les da de comer y paga las facturas. Transformar un sector entero es complicado y lo mires por donde lo mires, la demanda en los nuevos modelos es todavía pequeña. El ejemplo de Spotify o Netflix es esperanzador, pero si yo monto una editorial, no lo apostaría todo al digital porque me parece que tendría que cerrar a los tres meses.

O al menos hasta que la Ley Sinde tenga un efecto. Y relacionado con esto aquí viene para mí la parte más importante y por la que yo doy mi apoyo a la Ley Sinde:

6. La Ley Sinde no va a cambiar nada…

Claqueta - descargada legalmente desde istockphoto ;-)Para empezar, cambia el tema de que quien se aventure a poner una web de enlaces vea quizá que le abren un procedimiento y se la cierran. Para continuar, quizá sirva para que por fin la gente entienda poco a poco que eso de las descargas es algo que está mal y no es una conducta socialmente aceptable (lo triste es que en la actualidad parece que si compras un DVD en vez de descargar eres simplemente tonto). Y para finalizar, puede ser que permita que nuevos modelos se aventuren con más fuerza y por fin tengamos contenido digital de calidad y a buen precio y en condiciones de uso más amigables. Para ilustrar este ejemplo, sirva como modelo la iniciativa de Lorenzo Silva de poner un precio razonable a sus libros de manera legal y sin DRM. Sin la Ley Sinde en vigor, competir con la facilidad y la tranquilidad moral con la que nos bajamos contenidos digitales ilegales se me antoja difícil incluso para esta manera valiente de buscar retribución por un trabajo realizado y que como sociedad debemos fomentar y favorecer.

 

Me parece que voy a dejarlo aquí por hoy,  porque el tema da para mucho más y me puedo liar hablando del futuro de las industrias culturales y los malabarismos que tienen que hacer para continuar existiendo paradójicamente en un país como el nuestro, que siempre se ha sentido orgulloso de sus autores y sus obras, que disfruta la cultura hasta en la más humilde representación teatral en la aldea más pequeña.